Micelio
Auto3 de julio de 1998

A- de 1998

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Torres Maza Luis Gregorio·Demandado Alcaldia Mpal De San Cristobal Bolivar

Tema · dato duro
Pretermision De Instancia.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Impugnación Fallo De Tutela
  • No requiere sustentación
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se abstuvo de efectuar la revisión de la decisión en referencia, toda vez que se omitió la segunda instancia, lo cual constituye una violación del principio de legalidad, tan caro a todo Estado de derecho, y de paso desconoce los derechos al debido proceso y a acceder a la administración de justicia.

En consecuencia, se revocó la providencia proferida por el Juzgado respectivo que declaró desierto el recurso interpuesto por el accionante y se ordenó el envío del expediente a la Corte Constitucional.

Además, el mencionado juez deberá enviar las diligencias a su inmediato superior jerárquico para lo de su competencia, quien a su turno lo remitirá de nuevo a esta Corporación para su eventual revisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. ABSTENERSE de efectuar la revisión de la decisión en referencia, toda vez que se ha pretermitido una instancia.
  2. Segundo. REVOCAR la providencia proferida el día dos (2) de febrero de mil novecientos noventa y ocho (1998) por el Juzgado Promiscuo Municipal de Soplaviento, mediante la cual declaró desierto el recurso interpuesto por LUIS GREGORIO TORRES MAZA y se ordenó el envío del expediente a la Corte Constitucional.
  3. Tercero. El Juzgado Promiscuo Municipal de Soplaviento enviará las diligencias a su inmediato superior jerárquico para lo de su competencia, quien a su turno lo remitirá de nuevo a esta Corporación para su eventual revisión.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.